Actualidad, Castalla
La Generalitat advierte en un informe que el acuerdo de 2021 vulneraba el decreto de emergencia climática

Castalla solo podrá vetar instalaciones fotovoltaicas si el PGOU lo prohíbe de forma expresa

El Ayuntamiento de Castalla ha aprobado en su último pleno, con los votos favorables de todos los grupos municipales salvo el del concejal del PSOE, Jesús Bedmar, que se abstuvo, la revocación del punto primero del acuerdo plenario del 27 de enero de 2021. Aquel acuerdo establecía que las instalaciones fotovoltaicas no eran compatibles con el suelo no urbanizable, al no estar previstas como uso permitido en el artículo 4.1 de las normas urbanísticas del Plan General.

Según recoge el informe emitido en julio de 2024 por la Dirección General de Urbanismo de la Generalitat Valenciana, el Ayuntamiento interpretó entonces que estas plantas, al encuadrarse como “infraestructuras” y alterar el uso global del suelo, no podían incluirse entre los llamados “usos limitados compatibles”. Sin embargo, la Generalitat considera que esta interpretación vulneraba el principio de jerarquía normativa, ya que contradecía lo establecido en el artículo 19 del Decreto Ley 14/2020 de Emergencia Climática, en vigor desde antes de ese acuerdo.

Con la decisión adoptada ahora, el consistorio corrige su postura y asume el criterio legal vigente: las plantas solares solo pueden considerarse incompatibles si están expresamente prohibidas en el planeamiento urbanístico. Además, el reciente Decreto Ley 7/2024, aprobado en julio, refuerza la capacidad de los ayuntamientos para ordenar este tipo de proyectos, sin modificar ese principio.

Durante la sesión plenaria, el concejal de Urbanismo, Emilio Bernabeu, explicó que el cambio no implica aceptar proyectos automáticamente, sino alinear la interpretación municipal con el marco legal. “No tenemos que admitir ahora ninguna planta que antes no se hubiera admitido. Esto es simplemente a efectos de interpretación. El Ayuntamiento debe aplicar el criterio legal que establece el decreto ley, que tiene rango superior al reglamento urbanístico local”, señaló.

Además, Bernabeu insistió en que el Ayuntamiento ya había tramitado una modificación del Plan General de Ordenación Urbana para definir con mayor claridad en qué zonas están permitidas estas instalaciones y en cuáles no. “Ya se zonificó de forma expresa dónde se pueden y dónde no se pueden instalar. Eso se explicó también en las comisiones”, apuntó.

Sin embargo, el informe de la Generalitat de julio de 2024 señala que, en ese momento, el PGOU de Castalla no contenía ninguna prohibición expresa respecto a las instalaciones fotovoltaicas. El documento de la Generalitat recalca que “esa circunstancia no concurre”, es decir, no existía una prohibición clara en el planeamiento. El informe también confirma que Castalla estaba tramitando la modificación puntual del PGOU (n.º 15), que podría establecer las prohibiciones o limitaciones necesarias.

Desde la oposición, la portavoz de Vox, Ana Alés, expresó su preocupación por el impacto que pueden tener las plantas solares de gran tamaño sobre el entorno y planteó si, con este cambio, el Ayuntamiento estaría obligado a aceptar nuevas plantas. “¿Tenemos que aceptar estas plantas fotovoltaicas?”, preguntó. Bernabeu respondió que la compatibilidad urbanística no implica la aprobación automática de los proyectos: “El hecho de que un uso sea compatible no significa que se vaya a autorizar sin más. Depende de muchos otros informes”.

Este ajuste normativo se produce en un contexto de debate sobre la expansión de proyectos fotovoltaicos en la comarca. En enero, la Conselleria emitió declaraciones de impacto ambiental favorables para las plantas Kenerjona I y II, ubicadas entre Castalla e Ibi, mientras que en octubre de 2024 la plataforma contra las macroplantas solares presentó una demanda ante el Tribunal Supremo contra el proyecto Cobra FV Castalla, tras recaudar los fondos necesarios. Las entidades vecinales mantienen su oposición a estas iniciativas.


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