Actualidad, Tibi

El TSJ obliga al Ayuntamiento de Tibi a conceder una licencia de obra en la urbanización Maigmó

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha fallado a favor de un vecino de la urbanización Maigmó, reconociéndole su derecho a que el Ayuntamiento de Tibi le otorgue la licencia para que pueda edificar en su parcela.
El tribunal revoca la primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Alicante en 2022, que desestimaba su petición de licencia, y reconoce ahora su derecho a que el Consistorio se la otorgue, conforme al proyecto básico de construcción que presentó en 2019.

Relato de los hechos
La sentencia original desestimó el recurso del demandante argumentando que, según los informes municipales y el informe técnico presentado por el Ayuntamiento, aunque la parcela estaba en suelo urbano, no cumplía con los requisitos para ser considerada un solar. Para ello, era necesario completar el proceso de gestión urbanística, lo que incluía la cesión de terrenos para dotaciones públicas y la finalización de las obras de urbanización.

El Ayuntamiento alegó que esta parcela no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 177 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP), ya que le faltan infraestructuras esenciales como calles terminadas, abastecimiento de agua, suministro eléctrico de baja tensión, aceras, calzadas, alumbrado público y red de saneamiento de aguas residuales.
Sin embargo, el TSJ ha determinado que la urbanización Maigmó no está pendiente de completar su proceso de gestión urbanística, contradiciendo el argumento del Ayuntamiento de Tibi para denegar una licencia de edificación.

Según la sentencia, “la urbanización Maigmó es suelo urbano con urbanización consolidada y no está sujeta a ningún plan de reforma en trámite”. Aunque presenta deficiencias en su conservación, como la falta de red de alcantarillado municipal, estas no son lo suficientemente graves como para impedir nuevas construcciones, ya que se realizará un sistema individual que garantice un nivel de protección ambiental similar al del alcantarillado con depuradora.

Además, se señala que el informe del arquitecto municipal de Tibi, elaborado en 2019, reconocía que Maigmó es suelo urbano, aunque indicaba que aún debía completarse su desarrollo urbanístico. Sin embargo, el Tribunal ha rechazado este argumento y ha destacado que la parcela del solicitante, Jorge Sebastiá Marhuenda, cumple con los requisitos legales para ser considerada un solar, ya que dispone de acceso rodado, agua potable, energía eléctrica y aceras.
Con esta resolución, el TSJ obliga al Ayuntamiento de Tibi a otorgar la licencia de construcción solicitada, desestimando su postura y reafirmando el derecho del vecino a edificar en su terreno.

El demandante, Jorge Sebastiá, explica que lleva ocho años “peleando” para que se le reconozca este derecho y critica que el Ayuntamiento haya presentado un recurso de casación contra esta sentencia, “para ganar tiempo” y que el equipo de gobierno no cumpla sus propias palabras “cuando dijo que acatarían las sentencias”, como hizo en el caso de la urbanización Pinares de Meclí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Normas de uso

  • Esta es la opinión de los internautas, no de escaparatedigital.com.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.
  • El e-mail debe ser correcto ya que el comentario será validado a través de dicho correo electrónico, aunque este campo será ocultado en los comentarios.
  • Los comentarios vertidos en esta web son responsabilidad de sus respectivos remitentes, no de Escaparate Digital La IP y el mail de los remitentes serán guardados y podrán ser facilitados a las autoridades competentes en caso de que éstas los requieran.
  • Los comentarios que no se refieran a la noticia o artículo al que corresponden serán eliminados o no autorizados.

Los datos personales recogidos formarán parte de un fichero automatizado debidamente inscrito en la Agencia de Protección de Datos, propiedad de AREA OBERTA, S.L, con CIF B-03989845 y con domicilio en Avda. Juan Carlos I, de Ibi, cuya única finalidad es gestionar el servicio. Como responsable del fichero, ESCAPARATE garantiza el cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. El usuario podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a info@escaparatedigital.com. Àrea Oberta se reserva el derecho a publicar estos comentarios en la edición impresa de Escaparate o en cualquier otro soporte.